Beneficia a los mejores estudiantes provenientes de la enseñanza media y que ingresan como alumnos regulares, otorgándoles un beneficio en su arancel anual en razón de sus notas en los años escolares.
Beneficia al mejor alumno de cada cohorte de los programas que imparte la Universidad. Se asigna por un año académico sobre la base de las notas registradas en el SGU, entre otros requisitos.
Corresponde al apoyo económico entregado a los alumnos al inicio de su primer año académico. El beneficio fluctuará entre el 20% y el 30%, según las siguientes situaciones específicas:
En cada convenio se estipulará el porcentaje del beneficio que por regla general será del 20% del arancel respectivo y que, excepcionalmente, podrá alcanzar hasta un 30% en relación a la cantidad de estudiantes que se matriculen en el mismo periodo anual. Para conocer la nómina de convenios de procedencia visita este enlace https://www.umcervantes.cl/convenios/
Colegios municipales particulares subvencionados: 20% del arancel señalado.
Esta condición se acreditará con los correspondientes certificados de cotizaciones previsionales, o la copia de la declaración de impuestos, o el contrato de trabajo, y la liquidación de sueldo cuando corresponda. El porcentaje del beneficio otorgado será del 20% del arancel correspondiente.
Procede sólo respecto de alumnos de la Universidad, a contar del tercer semestre de la carrera respectiva en adelante, y beneficiará a los alumnos que cumplan con un rendimiento académico mínimo, sin reprobación masiva, y que acrediten una situación económica muy
desmedrada. Esta beca tendrá vigencia sólo por el respectivo año académico.
La postulación se realiza a través de SGU desde Octubre de cada año , para el próximo año, el porcentaje de descuento es variable y está definido cada año según presupuesto disponible.La disponibilidad de la postulación se informa cada año durante Octubre.Para postular, ingresar a :
Corresponde al apoyo económico que la Universidad podrá otorgar, excepcionalmente, a estudiantes tanto antiguos como nuevos. En un porcentaje de beneficio otorgado del arancel de matrícula. La Dirección de Admisión otorgará este beneficio a los alumnos nuevos, en conjunto con la Vicerrectoría de Administración y Finanzas. Esta Vicerrectoría, previo análisis del comportamiento de pagos correspondientes a los aranceles de años anteriores, entregará este beneficio a los alumnos antiguos, solo como parte de renegociación de deudas y rematrícula.
Además, a fin de año, la Universidad podrá conceder becas especiales de rematrícula durante los periodos que establezca.
Consiste en un beneficio permanente, que será otorgado a:
Consiste en un beneficio en el Arancel de Colegiatura anual otorgado a aquel estudiante que provenga de otra casa de estudios y desee convalidar asignaturas ya aprobadas y retomar sus estudios en la Universidad.
Esta Beca consiste en un beneficio en el Arancel de Colegiatura anual que puede otorgarse a los alumnos que ingresan al primer año académico y solamente por ese año, según determine la Vicerrectoría de Administración y Finanzas. En los años siguientes, deberán postular para renovar la beca de acuerdo a las normas y reglamentos generales de la Universidad.
Esta Beca consiste en un beneficio en el Arancel de Colegiatura anual, al cual pueden acceder los funcionarios de la Universidad y sus Familiares, cónyuges, hijos, padres y hermanos.